Información General

Token FOTT

  • El token FOTT es una oportunidad de participar como inversor en un proyecto singular, con una elevada rentabilidad y con el respaldo de una de las compañías líderes en el sector.
 
  • Se trata de un préstamo participativo de carácter mercantil, tokenizado y representado mediante el token FOTT.
 
  • El modelo de negocio propuesto consiste en la emisión de una cantidad finita de Security Tokens para financiar la participación en el proyecto de desarrollo e implementación del método de red FTTH.

El objetivo es repartir entre los inversores parte de los beneficios derivados del proyecto, ofreciéndoles la mayor rentabilidad posible.

La participación en el proyecto ofrece una rentabilidad mixta (fija + variable, aplicable según resultados del proyecto.

Año 1

Interés fijo del 10%

Año 2

Interés fijo del 10%

Año 3

Interés fijo del 10%

+

Interés Variable

Año 4

Interés fijo del 7%

+

Interés Variable

Año 5

Interés fijo del 7%

+

Interés Variable

+

Devolución del capital inicial

Token Fott

Fases de Emisión

Fase 1

Venta Privada Privilegiada & Preferencial
100 Euros
  • Descuento del 10%
  • Compra Minima 10000 €
  • Periodo 30 días

Fase 2

Venta Pública Privilegiada & Preferencial
100 Euros
  • Descuento del 7%
  • Compra Minima 2000 €
  • Periodo 30 días

Fase 3

Venta Pública
100 Euros
  • Sin descuento
  • Compra Minima 100 €
  • Periodo 30 días

Protección de Datos

De conformidad con el Reglamento (UE) General de Protección de Datos 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 abril, se le informa de la incorporación de los datos de carácter personal que nos ha facilitado a través del presente contrato, así como de aquéllos a los que INSTALVIA TELECOMUNICACIONES, S.L. tenga acceso como consecuencia de la consulta, solicitud o contratación de cualquier producto, transacción u operación realizada, así como de los que se obtengan mediante las conversaciones telefónicas mantenidas, a los ficheros, automatizados o no, de los que la Empresa es responsable. Los datos recogidos por la Empresa para el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida establecidas en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y en el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, no podrán ser utilizados para fines distintos de los relacionados con la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo sin el consentimiento del interesado, salvo que el tratamiento de dichos datos sea necesario para la gestión ordinaria de la relación de negocios. No será necesario consentimiento del interesado para el tratamiento de datos que resulte necesario para el cumplimiento de las obligaciones de información y comunicación a las autoridades. Del mismo modo, no serán de aplicación a dichos tratamientos las normas contenidas en la citada normativa referidas al ejercicio de Acceso, Rectificación, Supresión y Portabilidad de sus datos y Limitación u Oposición a su tratamiento o Retirar el consentimiento prestado. En caso de ejercicio de los citados derechos por el interesado, la Empresa se limitará a poner de manifiesto lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 10/2010, de 28 de abril. El Cliente se compromete a que los datos personales y documentos que los contienen que proporcione a la Empresa sean verídicos y se hayan obtenido de manera legal. Los datos personales proporcionados se conservarán durante el plazo mínimo de cinco años exigido por Ley. Transcurrido dicho plazo se procederá al bloqueo de los mismos, con el fin de poder atender a las posibles responsabilidades derivadas del tratamiento de los datos, y sólo durante los plazos de prescripción de dichas responsabilidades. Una vez transcurran dichos plazos, se eliminará definitivamente esa información mediante métodos seguros.”
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